Tomado de: IMM, Facultad de Arquitectura. Guía Arquitectónica y Urbanística de Montevideo. Montevideo: Intendencia Municipal de Montevideo. Facultad de Arquitectura, Universidad de la República. Junta de Andalucía, 2008.
El ferrocarril ha estado vinculado a la generación de la zona, en primera instancia como el principal vínculo funcional de Villa Colón con la ciudad y en un segundo plano en el fraccionamiento por parte de la compañía ferrocarrilera del llamado "Pueblo Ferrocarril" anexo a la Villa.
Esta fluida relación explica que en el término de aproximadamente 40 años se sucedan reiterados cambios, desde la sustitución de la precaria estación de madera en 1874, por otra vinculada a la tipología británica, nuevamente reemplazada por otra realizada de acuerdo a los planos elaborados en 1910 y que aún hoy permanece.
Es, a su vez, por su ubicación y por una serie de actividades recreativas que se verifican en su ámbito -como la exhibición en su porche a principios de siglo, de la linterna mágica, una vez concluido el pasaje diario de los trenes-, un elemento de encuentro y de referencia inmediata en el barrio.
Su resolución arquitectónica se refiere directamente a la arquitectura ferrocarrilera británica, adoptada en distintas ciudades americanas, tipificada y llamada en este caso "tipo Mello". Parte de una esquemática funcionalidad de un solo bloque concentrando sus más importantes detalles ornamentales en las extensiones abiertas techadas del acceso y los andenes.
Si bien los planos originales planteaban un pasaje peatonal por debajo de las vías, se realiza el pasaje superior que, trascendiendo una necesidad funcional, se convierte por su resolución constructiva y por su ubicación, en un elemento singular que potencia el rol del edificio como remate espacial de la Plaza Vidiella.
Tomado de: Declaración de Monumento Histórico Nacional. Resolución N° 2100/975 . Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones/2100-1975
Visto: el propósito enunciado por el Poder Ejecutivo en la resolución 1.097/975, de 8 de julio de 1975, de declarar en sucesivas etapas Monumentos Históricos a los inmuebles ubicados en el Departamento de Montevideo y en las distintas zonas urbanas y rurales del territorio Nacional que reúnan los valores especificados en los resultandos de dicha resolución.
Considerando: que dicho plan orgánico continua ejecutándose a través de las resoluciones 1.280/975, 1.397/975, 1.866/975 y 1.941/975 de 7 de agosto, 21 de agosto, 4 de noviembre y 18 de noviembre de 1975, respectivamente, por las cuales el Poder Ejecutivo declaró otros Monumentos Históricos.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 3º, 7º, 8º y 22º de la ley 14.040, de 20 de octubre de 1971, y al informe favorable de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Decláranse Monumentos Históricos a los inmuebles ubicados en el Departamento de Montevideo que a continuación se enumeran:
(…)
7) Complejo de construcciones ferroviarias:
(…)
B) En Villa Colón:
a) Estación "Colón", Dependencias y Parque aledaño a la Estación, Puente para peatones sobre la Vía Férrea y Refugio para Peatones frente a la Estación, Padrón Nº 45.205, delimitado por las calles Albérico Passadore (h), ex Artes Besnes Irigoyen, Hudson y Waldemar Hansen;
b) Casillas de Señales junto a la Vía Férrea en los Pasos a Nivel de Cno. Durán y de la calle Besnes Irigoyen;
c) Plaza Vidiella delimitada por las calle Vidiella, Pasadore (h), Santa María, y Avda. Eugenio Garzón.
(…)
Dichos inmuebles quedan afectados por las servidumbres que en cada caso resulten impuestas por la calidad, características y finalidades del bien de acuerdo al artículo 3º de la ley 14.040.
Comuníquese al Registro General de Inhibiciones, Sección Reivindicaciones
del mismo, a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a la Intendencia Municipal de Montevideo, a la Dirección de Arquitectura y a la Dirección del Plan Regulador de la misma, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Dirección de Arquitectura del mismo, a los propietarios de los inmuebles y cumplido, archívese.
Es Monumento Histórico Nacional Res. Nº 2100/975. Fecha: 1975. Es Bien de Interés Departamental.
Ver además:
Barrios Pintos,Aníbal. "La fundación del Pueblo Ferrocarril". En Diario El Día .Suplemento Dominical Nº 2215. Montevideo, 8/2/1976.
“Colón”. En Diario El Día .Suplemento Dominical Nº 277. Montevideo, 30/4/1938.
“Colón. Un lugar donde reina la naturaleza”. En Diario La República. Montevideo, 26/10/1991.
Lucchini, A. Ideas y formas en la arquitectura nacional. Montevideo: Nuestra Tierra Nº 6, 1969.
Romay, C., Chirico, M., Maggi, S., Páez, C., Primucci, D. y Sabalsagaray, S. La arquitectura y el Ferrocarril. Una mirada a nuestro patrimonio. Montevideo: MEC, 2010.